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LA SALA SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA RECONOCE EL DERECHO AL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS A UNA EMPLEADA DEL HOGAR

Hasta la fecha, la acción protectora regulada en el Sistema Especial de la Seguridad Social para Empleados del Hogar no comprende la protección por desempleo. Las personas trabajadoras incluidas en este sistema especial no cotizan para esa prestación, ni tampoco tienen acceso al paro una vez se quedan sin trabajo.

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, de 24 de febrero de 2022, ha puesto de manifiesto que la exclusión de las empleadas del hogar de la protección de la contingencia de desempleo se opone al derecho de la Unión Europea en materia de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. Esta sentencia ha motivado que el actual Gobierno haya puesto sobre la mesa ya la posibilidad de regular el derecho al desempleo de este colectivo, ocupado en un porcentaje superior al 90% por mujeres. El pasado 5 de abril de 2022, el Consejo de Ministros aprobó enviar a las Cortes Generales la ratificación del Convenio 189 de la OIT para las trabajadoras y trabajadores domésticos, que regula que este colectivo debe disfrutar de condiciones equitativas y no menos favorables que el resto de personas trabajadoras a la protección de la seguridad social.

En los mismos términos que en el caso de la prestación contributiva por desempleo, las empleadas del hogar tienen prácticamente vetado el acceso al subsidio para mayores de 52 años. Sólo en el caso de empleadas que hubieran cotizado por desempleo en el Régimen General de la Seguridad Social durante un mínimo de 6 años, se podría acceder al subsidio, dejando fuera a aquellas que sólo hayan trabajado como empleadas del hogar.

Pese a ello, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha reconocido, en la novedosa Sentencia de 16 de marzo de 2022, el acceso al subsidio para mayores de 52 años a una trabajadora que había prestado servicios dada de alta en el sistema especial de empleados del hogar. La sentencia se fundamenta en la misma sentencia del TJUE y en los datos que evidencian el tratamiento discriminatorio para este colectivo, para reconocer el derecho de la demandante para acceder al subsidio de mayores de 52 años en las mismas condiciones que el resto de trabajadores integrados en el Régimen General de la Seguridad Social.

De nuevo, los tribunales van un paso por delante del legislador, abriendo una posibilidad a la reclamación del reconocimiento de esta cobertura antes de que se adopten medidas legislativas que revisen la no sólo la prestación por desempleo, sino también el acceso de las empleadas del hogar al subsidio para mayores de 52 años en condiciones de igualdad.

En este sentido, las resoluciones del Servicio Público de Empleo Estatal denegatorias tanto de la prestación contributiva por desempleo como del subsidio para mayores de 52 años abren la vía a la revisión judicial, en base a la vulneración del principio de igualdad entre hombres y mujeres, aun cuando todavía no se ha publicado la norma anunciada por el Gobierno que pretende extender la protección al colectivo.

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